La herencia de casas

Los datos que maneja el Instituto Nacional de Estadística (INE) son claros. Sólo en 2014, en España se heredaron 137.084 viviendas. Sin ser exagerados podemos decir que el 90% de los casos pudieron haber problemas entre los herederos. Y es que ya lo decía el mismísimo Miguel de Cervantes que este año cumple el cuarto centenario de su muerte: “Esto del heredar algo borra o templa en el heredero la memoria de la pena que es razón que deje el muerto”. En castellano nuevo, que toda herencia es sinónimo de problemas.

Con el dinero no suele haber problemas de herencias, se reparte y fuera. Pero lo gordo llega cuando hay casas de por medio. Sobre todo, cuando concurren varios familiares con aspiraciones enfrentadas en el momento de asignar los bienes. La situación más común es que hereden varios hermanos y unos quieran conservar el piso y otros venderlo. En ese momento, adiós a la sangre. Solo se mira el egoísmo. Y ojo, que como estén de por medio los esposos o esposas, el cisco es más grande.

Lo primero que hay que hacer es comprobar si hay un testamento. En los últimos años, son muchas las personas que se animan a hacer testamento. Aunque en otras etapas era sinónimo de morir pronto, y por eso daba cosa hacerlo. Sí lo hay, habrá que dirigirse al notario donde se inscribiera el mismo, solicitar una copia y descubrir quiénes son los herederos del inmueble. Para estas cosas lo mejor es ir acompañado de profesionales. Yo recuerdo que cuando tuve que heredar de mi padre acudí a Gestoría Toledano, unos grandes profesionales que tienen una asesoría en Alicante.

Una vez se confirme quiénes son los herederos, se debe hacer una escritura notarial para relacionar los bienes y asignar a los que serán los próximos titulares. Hasta aquí el procedimiento no ofrece equivocación alguna, pero es a partir de este momento cuando comienzan los problemas para los nuevos dueños.

Duras decisiones

Por cierto, en el caso de que el inmueble tenga una hipoteca, los nuevos titulares quedarán subrogados en la deuda que estaba pendiente de pago en el momento del fallecimiento. Si hubiera embargos anotados, es posible que esté en marcha un proceso de subasta por el que los nuevos herederos podrían perder la propiedad. Esperemos que esto nunca pase porque lo podeís pasar muy mal. En ocasiones, existe la posibilidad de que las deudas superen el valor de la casa y al legatario le interese renunciar a la herencia.

Una vez aceptada la herencia, llega el momento de volver a tirar de cartilla. Hay que tener en cuenta la tributación. Los gravámenes de estas transacciones como por ejemplo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Para pagarlos existe un plazo ordinario de seis meses y el heredero puede pedir aplazamientos. Y es que en ocasiones esto de heredar se convierte en un gran quebradero de cabeza y saca dinero.

Mi recomendación es que todo lo que se tenga se dé en vida. Y si sois muchos hermanos, cuanto menos haya que heredar mucho mejor. Os lo digo por experiencia.

shutterstock_193890110reducida

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Entradas relacionadas

Reciba actualizaciones de entradas seleccionadas

Suscríbete a mi boletín para ver nuevas fotos, consejos y entradas de blog.

Scroll al inicio